Comedor escolar
Los centros docentes públicos prestarán el servicio de comedor escolar para
el alumnado del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria, de
educación secundaria obligatoria y de educación especial durante un tiempo
máximo de dos horas a partir de la finalización de la jornada lectiva de
mañana.
La utilización de este servicio podrá solicitarse por meses completos o para
días concretos de la semana, ejerciéndose la opción que se desee al presentar
la solicitud del servicio.
La solicitud de baja en el servicio de comedor escolar, se comunicará con
una antelación de, al menos, una semana del inicio del mes en que se pretenda
hacer efectiva la baja.
Asimismo, la opción inicialmente elegida podrá modificarse a lo largo del
curso, lo que se comunicará en el plazo mencionado anteriormente.
Artículo 12. Medidas de seguridad e higiene.
1. Todos los comedores escolares deberán cumplir las exigencias establecidas en
el Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas
condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de
higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios; en
el Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establecen las
normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas
preparadas, y en las demás disposiciones que resulten de aplicación.
2. Las empresas de alimentación seleccionadas deberán estar en posesión de la
acreditación del preceptivo Número de Registro Sanitario de la Consejería
competente en materia de salud para la prestación de ese tipo de servicios en
los centros docentes. A tales efectos, deberán presentar la correspondiente
credencial, de acuerdo con lo que se especifique en los Pliegos de
Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas para la
contratación del servicio.
Artículo 13. Menús.
1. Deberá tenerse en cuenta en el diseño y programación de los menús las
recomendaciones y orientaciones dietéticas de la Consejería competente en la
materia, para que la organización de los menús responda a una alimentación sana
y equilibrada.
2. El menú será el mismo para todos los comensales que hagan uso del servicio.
No obstante, se ofrecerán menús alternativos para aquel alumnado del centro que
por problemas de salud, intolerancia a algunos alimentos u otras circunstancias
debidamente justificadas requiera un menú especial.
3. Con la finalidad de que las familias puedan completar el régimen alimenticio
de sus hijos e hijas, de acuerdo con los criterios de una alimentación
saludable y equilibrada, la programación de los menús se expondrá en el tablón
de anuncios del centro y se dará a conocer a los padres y madres del
alumnado usuario del comedor escolar.
Precios: Según acuerdo de 7 de julio del 2009 del Consejo de Gobierno.
Por día: 4,50 euros.
Gratuidad de los servicios de comedor escolar, aula matinal y actividades
extraescolares:
La
prestación de los servicios de aula matinal, comedor escolar y actividades
extraescolares será gratuita para el
alumnado que, por motivos familiares, se encuentre en situación de dificultad
social extrema o riesgo de exclusión, entendiendo como tal aquellas familias
cuyos ingresos totales no superen el 20% de los límites establecidos en la
disposición adicional primera del Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a
las familias andaluzas, así como para los hijos e hijas de mujeres atendidas en
centros de acogida para mujeres víctimas de la violencia de género.
En los supuestos de gratuidad de los
servicios y de aplicación de bonificaciones, se exigirá acreditación de las
circunstancias que justifiquen su aplicación, mediante la aportación de los certificados a que se refieren los
artículos 36, 37 y 38 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se
regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, así
como la documentación requerida en el artículo 45 de dicho Decreto para la valoración
de la renta per cápita de la unidad familiar.
Bonificaciones sobre los precios de
los servicios:
a) Las familias cuyos ingresos
superen el 20% de los límites establecidos en la disposición adicional primera del
Decreto 137/2002, de 30 de abril, sin exceder del 50% de dichos límites,
tendrán una reducción del precio mensual de los servicios de aula matinal y
actividades extraescolares, así como del precio por día del servicio de comedor
escolar, que vendrá dada por la siguiente tabla.
PORCENTAJE DE INGRESOS DE LA UNIDAD FAMILIAR (*) BONIFICACIÓN
Mayor de 20 hasta 25 50%
Mayor de 25 hasta 30 42%
Mayor de 30 hasta 35 34%
Mayor de 35 hasta 40 26%
Mayor de 40 hasta 45 18%
Mayor de 45 hasta 50 10%
(*) Porcentaje de los ingresos
totales de la unidad familiar respecto de los límites establecidos en la
disposición adicional primera del Decreto 137/2002, de 30 de abril.
¿ Qué se entiende por Unidad Familiar y las limitaciones en los ingresos para obtener la BONIFICACIÓN?
1. A los efectos del presente Decreto se consideraran ingresos de la Unidad
Familiar los obtenidos por la suma de los ingresos de cada uno de los
miembros de la misma, entendiéndose como ingresos cualquier renta
susceptible de integrar el hecho imponible en el Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas.
2. Los solicitantes deberán acreditar los rendimientos obtenidos
a través de los siguientes medios:
a) La autoliquidaciën por el Impuesto sobre la Renta de las Personas
Fåsicas referida al periodo impositivo inmediatamente anterior,
con plazo de presentaciën vencido, a la fecha de solicitud de algunas
de las ayudas previstas en el presente Decreto respecto de aquellos miembros
que vengan obligados a presentar declaraciën por este impuesto.
b) El certificado de retenciones expedido por el pagador de los rendimientos
cuando no exista la obligación a la que se refiere la letra anterior.
c) En defecto de los anteriores, cualquier otro medio que acredite la
realidad de la percepción.
3. En aquellos supuestos que se requiera una limitación en los
ingresos de la unidad familiar, éstos serán los siguientes,
en cómputo anual:
· Familias de 1 miembro = 3 Salario mínimo Interprofesional
(en adelante SMI).
· Familias de 2 miembros = 4,8 SMI.
· Familias de 3 miembros = 6 SMI.
A partir del tercer miembro, se añadirá 1 SMI por cada nuevo
miembro de la unidad familiar.
4. A efectos de la comprobación de los ingresos de la unidad familiar,
en la solicitud de ayuda correspondiente se establecerá la autorización
del solicitante a la Administración de la Junta de Andalucía
para que pueda efectuar las comprobaciones necesarias en acreditación
de la realidad de los ingresos declarados.
Para más información sobre las bonificaciones y plazos de solicitud puedes acceder a la sección de esta página web que se encuentra en la columna azul de tu izquierda bajo el epígrafe de SECRETARÝA Y DIRECCIÓN.
MENÚ PARA CUATRO SEMANAS
APROBADO Y VERIFICADO POR TÉCNICO EN NUTRICIÓN
SEMANA
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LUNES
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MARTES
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MIÉRCOLES
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JUEVES
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VIERNES
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1ª
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1º Lentejas
con menestra.
2º Tortilla
de patatas con ensalada (lechuga, tomate y cebolla).
3º Mandarina.
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1º Cocido
(arroz y garbanzos)
2ºPringá (
pollo, cerdo, tocino fresco)
3º Plátano.
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1º Macarrones
con carne y tomates.
2º Pez de espada
a la plancha con un aliño (tomate,pimiento, patatas, cebolla, atún, zanahoria
rayada).
3º Naranja.
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1º Sopa de estrellitas.
2º Filete de
pollo a la plancha con lombarda.
3ºYogurt.
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1º Crema de
verduras ( calabacín, patatas, pimiento, nata y queso)
2º Rosada a
la plancha con ensalada.
3º Melón.
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2ª
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1º Guiso de
patatas con costilla.
2ºHuevos
rellenos de atún con ensalada( lechuga, tomate y cebolla).
3º Plátano.
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1º Lentejas
con arroz, chorizo y morcilla.
2º Lomo de
cerdo a la plancha con champiñones y patatas.
3º Manzana.
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1º Paella de
pollo, chocos y almejas.
2º
Hamburguesas con ensaladilla rusa.
3º Naranja.
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1º Sopa de
Fideos.
2º Merluza al
horno con salsa verde y lombarda.
3º Pera.
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1º Potaje de
garbanzos.
2º. Carne de
cerdo con tomate patatas fritas.
3º Melón.
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3ª
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1º Pasta (
tiburones) con tomate
2º Tortilla
de champiñones.
3ºPlátano.
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1ºPotaje de garbanzos
con calabaza.
2º Boquerones
fritos con ensalada (lechuga, tomate y cebolla) .
3ºManzana.
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.1º Sopa de
picadillo (jamón, huevos, pan frito).
2ºAlbóndigas
de ternera/cerdo en salsa con patatas.
3ºNaranja.
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1º Arroz a
ala cubana.
2º Pez espada la plancha con aliño (
tomate,pimiento, papas, cebolla, atún, zanahoria ).
3º Yogurt.
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1ºEstofado
con verduras.
2º Filete de
pollo con lombarda.
3º Melón.
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4ª
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1º Potaje de chorizo.
2º Berenjenas
fritas a la miel con puré de patatas.
3º Plátano.
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1º Sopa de
verdura.
2º Pollo a la
plancha con ensaladilla rusa.
3º Manzana.
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1º Espiral
con tomate.
2º Merluza al
horno con ensalada(tomate, lechuga y cebolla).
3º Naranja.
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1º Lentejas
con chorizo.
2º Revuelto
de patatas.
3º Yogurt.
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1º Potaje de
habichuelas con chorizo.
2º Rosada a
la plancha con ensalada (maíz, espárrago blanco, piña, huevos cocidos,
manzana y jamón york).
3ºMelón.
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MES:
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